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CULPA. DOS TIPOS A TENER EN CUENTA.

La culpa podemos entenderla como una emoción compleja con una serie de pensamientos asociados que aparecen en momentos en los que, de una forma más o menos consciente, nuestra mente entiende que hemos transgredido alguna norma moral o, en otras palabras, que tiene que ver con el daño al otro. La parte puramente emocional  tiene una forma similar a la ansiedad, la cual, además, puede ir acompañada de agresividad hacia uno mismo. En cuanto a lo que tiene que ver con pensar,  esto va en la línea de señalar actos incorrectos, deseos y otras emociones antisociales.  Aquí, dependiendo de la forma de la que hablemos, aparecerá una autocritica dañina o no.

De todos los componentes descritos brevemente, algunos aparecerán o no dependiendo de dos tipos de culpa que pueden ser especificados. Distinción que resulta de mucho interés debido a que uno de ellos es notablemente mucho más perjudicial que el otro, lo que hace que su conocimiento pueda guiar en la tarea de huir de la forma más insana  y abrazar la más propicia para conducirnos de una manera adaptativa.

El primer modo es el que podemos nombrar, según  Carveth (2013), como Culpa Persecutoria. Esta está caracterizada por un fuerte componente de odio y dolor infligido a uno mismo. Hablamos aquí de la manera más primitiva y dañina, se trata de aquella que conduce a la persona a la autodestrucción mediante lo que conocemos como rumiaciones mentales que solo le llevan a aumentar el dolor y, además, suele ir acompañada de otras conductas externas muy perjudiciales. Estas últimas, pueden ir desde el cesar la actividad cotidiana, dejar de participar en la vida social, hasta acciones tan extremas como el suicidio.

Un segundo tipo de que podemos diferenciar claramente del anterior es la que podemos denominar como Culpa  Reparadora. Aquí, la autoagresión no se da y sí aparece una valoración del daño o posible perjuicio a los demás y una posterior movilización hacia la reparación.  Por tanto, los bucles mentales que sí aparecen en la anterior aquí no hacen acto de presencia y sí una manera mucho más sana de afrontar el dolor, lo cual conduce a un restablecimiento emocional a medio o largo plazo que no va aparejado  al otro tipo.

Par finalizar,  es útil señalar un par de cuestiones destacadas diferenciadoras de esas dos maneras de culpa.  La primera, la  persecutoria, suele ser inconsciente para la persona, lo que lleva a esta a no interpretar lo experimentado de una manera útil. En la reparadora, por el contrario, si se da una consciencia clara del malestar, lo que lleva a un análisis de la situación y al consiguiente intento de mejora de la situación.  Además, en el primer modo la persona se centra casi en exclusiva en sí mismo, casi sin ampliar la visión a los otros, mientras que en la otra es lo contrario, la misma persona queda en un plano secundario y lo que prima es el otro y el cómo se puede devolver a este algo que palie o cese su sufrimiento.

 

Bibliografía utilizada.

Carveth, D. L.,  (2013). Guilt. Recuperado de https://www.academia.edu/2770454/Guilt

Carveth, D. L.,  (s.f). Self-Punishment as Guilt Evasion: Theoretical Issues . Recuperado de https://www.academia.edu/2770441/Guilt_Evasion_I

 

Autor: Juan Antonio Alonso.